Como sólo salen palabras de crítica cuando conviene (tras las imágenes vergonzosas del 15 de junio), y luego los mismos se callan cuando no les conviene (lección ciudadana y ética el domingo 19 de junio, con más de un millón de personas en al menos 60 ciudades de toda España, sin que hubiera incidente alguno), pues nada mejor que recordarles la ley de leyes, para que la próxima vez la tengan en cuenta antes de ladrar:

 

CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA

 

Título I. De los Derechos y Debres Fundamentales.

SECCIÓN II. DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS CIUDADANOS.

Artículo 21.

 

1. Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de este derecho no necesitará autorización previa.

2. En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad, que solo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes.

 

Juan J. Villar

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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