Como sólo salen palabras de crítica
cuando conviene (tras las imágenes vergonzosas del 15 de
junio), y luego los mismos se callan cuando no les
conviene (lección ciudadana y ética el domingo 19 de
junio, con más de un millón de personas en al menos 60
ciudades de toda España, sin que hubiera incidente
alguno), pues nada mejor que recordarles la
ley de leyes, para que la próxima vez la tengan en
cuenta antes de ladrar:
CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA
Título I. De los Derechos y Debres Fundamentales.
SECCIÓN II. DE
LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS CIUDADANOS.
Artículo 21.
1. Se reconoce el derecho
de reunión pacífica
y sin armas. El
ejercicio de este derecho no necesitará autorización
previa.
2. En los casos de reuniones en lugares de tránsito
público y manifestaciones se dará comunicación previa a
la autoridad, que
solo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas
de alteración del orden público, con peligro para
personas o bienes.
Juan J. Villar
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